Código de Ética

Sobre

Codigo de Ética

Preámbulo

El Centro Argentino de Programación Neurolingüística y Comunicación (CAPNC) establece este Código de Conducta Ética como un marco de referencia para guiar las prácticas, decisiones y relaciones de su comunidad, integrada por personal, estudiantes, egresados y colaboradores. Este código está alineado con los principios de nuestra misión y visión, promoviendo la inclusión, el respeto mutuo, el empoderamiento y el desarrollo ético de la Programación Neurolingüística (PNL).

Definiciones

Para facilitar la comprensión y aplicación de este Código de Conducta Ética, se establecen las siguientes definiciones clave:

a) Autonomía : La capacidad de una persona para tomar decisiones libres e informadas sobre su participación en actividades formativas o prácticas relacionadas con la PNL.
b) Vulnerabilidad : Estado en el que una persona puede estar expuesta a riesgos emocionales, psicológicos o sociales debido a su posición o circunstancias específicas (por ejemplo, estudiantes en proceso de formación).
c) Prácticas Coercitivas : Cualquier acción que limite indebidamente la libertad de elección o decisión de una persona, incluyendo presiones indebidas, manipulaciones o imposiciones.

1. Ecología Interpersonal y Práctica Ética

1.1 Respeto y Dignidad

1.1.1. Todas las interacciones deberán basarse en el respeto por la dignidad, diversidad e integridad de las personas, rechazando cualquier forma de discriminación, acoso o abuso.

1.1.2. Fomentamos un ambiente inclusivo que valore la singularidad de cada individuo, sin distinción de raza, género, religión, edad, orientación sexual u otra condición.

1.2 Prácticas Éticas en PNL

1.2.1. Aplicar la PNL de manera responsable, asegurando que sus métodos y objetivos estén alineados con el bienestar de quienes participan en nuestras actividades.

1.2.2. Respetar la autonomía y valores de los clientes y estudiantes, evitando prácticas coercitivas, intrusivas o contrarias a su integridad.

1.2.3. Ejemplos de Prácticas Coercitivas o Intrusivas :
Se considerarán prácticas coercitivas o intrusivas, entre otras, las siguientes:

a) Presionar a un cliente o estudiante para que tome decisiones contrarias a sus valores o intereses personales.
b) Utilizar técnicas de persuasión agresiva o manipulación emocional durante las sesiones formativas o terapéuticas.
c) Ignorar los límites explícitos establecidos por el cliente o estudiante durante las actividades.
El incumplimiento de esta disposición será considerado una violación grave del presente Código.

2. Responsabilidad Personal y Profesional

2.1 Desarrollo Profesional Continuo

2.1.1. El personal, estudiantes y egresados del CAPNC se comprometen a mantener altos estándares de competencia, participando en procesos de aprendizaje continuo para garantizar una práctica ética y efectiva.

2.1.2. Reconocer las limitaciones personales y profesionales, solicitando asesoramiento o derivando casos cuando sea necesario para garantizar el mejor interés del cliente.

2.1.3. Protocolo para Derivaciones:
En caso de identificar limitaciones personales o profesionales que afecten la capacidad de brindar un servicio adecuado, el profesional deberá:
a) Informar al cliente o estudiante sobre la necesidad de derivación.
b) Proporcionar una lista de profesionales o instituciones capacitadas para atender las necesidades específicas del caso.
c) Documentar el proceso de derivación, asegurando que se realice de manera ética y responsable.

2.2. Integridad en la Representación de Servicios

2.2.1. Describir con claridad y veracidad la naturaleza, alcance y límites de los servicios ofrecidos, evitando afirmaciones engañosas o promesas irrealizables.

2.2.2. Abstenerse de realizar declaraciones falsas sobre sus competencias o sobre las prácticas de otros profesionales.

3. Confidencialidad y Privacidad

3.1 Protección de Información Personal

3.1.1. Resguardar la confidencialidad de la información compartida por clientes, estudiantes y colegas en cualquier contexto relacionado con la práctica de la PNL.

3.1.2. Reconocer la responsabilidad adicional cuando se trabaja con personas en posiciones de vulnerabilidad o dependencia, como estudiantes o supervisados.

3.1.3. Medidas Técnicas para Proteger Datos Personales: El CAPNC implementará las siguientes medidas técnicas y organizativas para proteger la información personal:

a) Uso de cifrado de datos durante la transmisión y almacenamiento.
b) Restricción de acceso a la información solo al personal autorizado.
c) Auditorías periódicas para garantizar el cumplimiento de las políticas de seguridad.
Los miembros de la comunidad CAPNC deben colaborar activamente en la protección de los datos personales, reportando cualquier incidente de seguridad que detecten.

3.1.4. Notificación de Incidentes de Seguridad: En caso de detectarse un incidente de seguridad que comprometa la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos personales, el CAPNC notificará a los afectados dentro de un plazo máximo de 72 horas después de haber tomado conocimiento del incidente. La notificación incluirá información sobre la naturaleza del incidente, las posibles consecuencias y las medidas adoptadas para mitigar sus efectos.

3.2 Límites Éticos en la Relación Profesional

3.2.1. Evitar relaciones que comprometan la objetividad, ética o el bienestar de los participantes en el proceso formativo o profesional.

4. Transparencia en la Formación y Certificación

4.1 Diseño Ético de Programas

a) Garantizar que los programas de formación y certificación estén diseñados para cumplir con los estándares éticos, técnicos y pedagógicos del CAPNC, incluyendo objetivos claros, requisitos específicos y modalidades accesibles.
b) Ofrecer información precisa sobre la estructura, duración, costos y alcances de los programas de formación y certificación.

4.2 Certificación Responsable

a) Asegurar que las certificaciones otorgadas reflejen una formación completa y ética, conforme a los estándares del CAPNC.
b) Prohibir el uso de títulos o certificaciones que no cumplan con los requisitos establecidos por el CAPNC, fomentando una práctica profesional responsable y congruente con este código.

5. Representación Pública de la PNL

5.1 Promoción Responsable

a) Representar la PNL como una herramienta para el desarrollo humano, evitando enfoques simplistas, reduccionistas o que desvirtúen su propósito.
b) Evitar promesas en tratamientos de condiciones físicas o psicológicas que carezcan de respaldo ético o metodológico.

5.1.1. Limitación Temporal del Uso de Imágenes: La autorización otorgada por un miembro de la comunidad CAPNC para el uso de su imagen en fotografías, videos u otros materiales promocionales tendrá una vigencia máxima de dos (2) años a partir de la fecha de captura. Pasado este período, el CAPNC deberá solicitar una renovación expresa del consentimiento para continuar utilizando dichas imágenes. El miembro podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, siguiendo el procedimiento establecido en el apartado correspondiente.

5.2 Comunicación Ética

a) Garantizar que toda comunicación, ya sea en publicidad, medios de difusión o interacción pública, sea clara, precisa y coherente con los valores del CAPNC.
b) Responsabilizarse por las declaraciones realizadas directamente o en representación de la institución.

6. Procedimientos para la Resolución de Conflictos Éticos

6.1 Reporte de Incidencias: Cualquier situación que implique una posible violación a este Código deberá ser reportada de forma confidencial y responsable al CAPNC para su evaluación y resolución.

6.1.1. Plazo Máximo para Responder Solicitudes: El CAPNC se compromete a responder a las solicitudes de autorización especial o resolución de conflictos éticos dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles a partir de su recepción. En casos complejos que requieran una evaluación adicional, el plazo podrá extenderse hasta treinta (30) días hábiles, notificando al solicitante sobre la demora y los motivos que la justifican.

6.2 Evaluación y Resolución: Los conflictos éticos serán tratados mediante procesos justos y transparentes, considerando el impacto en todas las partes involucradas y priorizando la restauración de la integridad y confianza en las prácticas del CAPNC. Las medidas correctivas pueden incluir mentoría, capacitación adicional, advertencias, suspensión o retiro de certificaciones, según la naturaleza de la falta.

6.2.1.Sanciones por Violaciones Éticas: Las violaciones al presente Código de Conducta Ética serán sancionadas según la gravedad de la falta, aplicándose las siguientes medidas:

a) Faltas Leves : Advertencia escrita y capacitación correctiva obligatoria.
b) Faltas Graves : Suspensión temporal de actividades o retiro parcial de certificaciones.
c) Faltas Muy Graves : Expulsión definitiva de la comunidad CAPNC y anulación total de certificaciones otorgadas.

6.2.2. Comunicación: Las decisiones serán comunicadas por escrito al involucrado, quien tendrá derecho a presentar una apelación dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación.

Compromiso Final

Este Código de Conducta Ética es un reflejo del compromiso compartido por el CAPNC y su comunidad de construir un espacio que promueva el bienestar, el desarrollo personal y profesional, y el impacto positivo en la sociedad. Invitamos a cada miembro de nuestra comunidad a ser un modelo de integridad, empoderamiento y transformación en cada una de sus interacciones y prácticas.

Monitoreo y Evaluación del Código

El CAPNC establecerá un comité ético encargado de supervisar el cumplimiento de este Código de Conducta Ética. El comité realizará evaluaciones periódicas para identificar áreas de mejora y garantizar su efectividad. Además, se implementará un sistema de auditoría interna para revisar el impacto del código en la comunidad CAPNC y en las prácticas profesionales.